Defensoría: Decreto sobre transgénicos es contrario a la Constitución y la seguridad alimentaria

“El derecho a la seguridad y soberanía alimentaria implican, en su núcleo, la prohibición de importación, producción y comercialización de organismos genéticamente modificados que puedan dañar la salud de los bolivianos”, dijo la Defensora.

La Defensoría del Pueblo observó que el Decreto Supremo 4232, que permite abreviar procesos de evaluación para transgénicos, está en contra de la Constitución Política del Estado (CPE) y atenta contra el derecho a la seguridad alimentaria de los bolivianos. 

“Observamos que se pretende reducir los procedimientos científicos que determinan si estos organismos modificados genéticamente son nocivos para la salud humana y si no dañan a la biodiversidad; lo cual favorecería a algunos sectores productivos”, señaló la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz.

Explicó que, de acuerdo con la Constitución, no se puede contravenir el principio de “seguridad y soberanía alimentaria para toda la población; prohibición de importación, producción y comercialización de organismos genéticamente modificados y elementos tóxicos que dañen la salud y el medio ambiente”.

Además, precisó que el artículo 16.II de la norma suprema ordena que el “Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población”. 

Es decir, indicó, “que el derecho a la seguridad y soberanía alimentaria implican, en su núcleo, la prohibición de importación, producción y comercialización de organismos genéticamente modificados que puedan dañar la salud de los bolivianos”.

El 7 de mayo, el Gobierno de Jeanine Áñez aprobó el Decreto Supremo 4232 que «de manera excepcional autoriza al Comité Nacional de Bioseguridad establecer procedimientos abreviados para la evaluación del maíz, caña de azúcar, algodón, trigo y soya, genéticamente modificados en sus diferentes eventos, destinados al abastecimiento del consumo interno y comercialización externa».

“Esto quiere decir que el Decreto Supremo 4232 será utilizado para permitir el ingreso de organismos genéticamente modificados y paquetes tecnológicos asociados sin restricción alguna. Es una norma atípica que tiene la finalidad de cumplir formalidades transgrediendo inconstitucionalmente otras, sin importar el núcleo del derecho a la seguridad alimentaria en el país”, criticó la Defensora.

Señaló que, en cumplimiento de la reserva legal, todo proyecto de ley o de normativa con esas características debe pasar por la Asamblea Legislativa Plurinacional para su revisión, en ese sentido, demandó a esa instancia legislativa a analizar la inconstitucionalidad del decreto y su correspondiente abrogación.

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