EN SESIÓN VIRTUAL LA ASAMBLEA REGIONAL APRUEBA DISPOSICIÓN DE NORMATIVA REGIONAL PARA COADYUVAR CON LA EMERGENCIA SANITARIA POR EL CORONAVIRUS.

 Debido a la emergencia  generada por el  coronavirus  y ante la disposición  de cuarentena total emitida  mediante Decreto  Supremo 4199 por el  Gobierno Nacional, los  asambleísta regionales llevaron adelante el día martes  una Sesión Extraordinaria   Virtual, usando la tecnología en línea, desde los tres municipios  respectivamente: Caraparì, Yacuiba y  Villa Montes.

En fecha 24 de marzo, la  Asamblea Regional del Gran Chaco,  por la urgencia  de tocar temas relacionados  con la emergencia  sanitaria  que vive el mundo, el país, el Dpto.  y  la región del Gran Chaco  sesiono de manera virtual,  aprobobando en grande y detalle  la DISPOSICIÓN NORMATIVA REGIONAL N°37 “DE EMERGENCIA SANITARIA REGIONAL CONTRA EL CORONAVIRUS (COVID-19).

Dicha Disposición Normativa Regional, tiene por objeto, encomendar al Órgano Ejecutivo Regional, asumir todas las acciones y disponer de los recursos necesarios para proteger, prevenir y disminuir el riesgo de transmisión del coronavirus (COVID-19) en nuestro territorio, garantizando el acceso gratuito de la población en general, a insumos de prevención, diagnóstico y atención en todas los servicios de salud de la Región del Gran Chaco Tarijeño.


La normativa establece las medidas de contingencia comunitaria, referidas a la asignación de personal médico, conformación de equipos de respuesta domiciliaria, coordinación con los diferentes niveles de gobierno, así como gestionar y tramitar los insumos, recursos humanos y económicos, que deberá asumir la parte ejecutiva del Gobierno Regional.

Asimismo, autoriza al ejecutivo para que realice la adquisición de insumos y equipamiento, para los establecimientos de salud habilitados para atender a pacientes sospechosos o que cursan la enfermedad del coronavirus.

También aprueba y autoriza al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional, al realizar la contratación directa de bienes y servicios, además de las modificaciones presupuestarias dentro de los alcances legales establecidos en los decretos supremos 4179 y 4199, entre otros puntos contenidos en esta normativa.

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