La Paz

Sala Constitucional niega tutela a Yahuasi y se ratifica que no habrá balotaje en La Paz

Se realizó una audiencia virtual de una acción de amparo constitucional desde minutos antes de la

Sala Constitucional niega tutela a Yahuasi y se ratifica que no habrá balotaje en La Paz
René Yahuasi (centro) junto a sus abogados en la audiencia virtual.

Por unanimidad, la Sala Constitucional Segunda de La Paz negó este jueves la tutela solicitada por René Yahuasi para intentar salvar su candidatura a la Gobernación de La Paz, por lo que se confirma que no habrá una segunda vuelta electoral en esta región del país.

“La Sala Constitucional resuelve denegar la tutela solicitada por René Yahuasi al no haberse evidenciado la vulneración de sus derechos a la participación política, al sufragio pasivo, al debido proceso, en sus elementos de motivación, fundamentación, congruencia y valoración razonable de antecedentes”, cita parte de la resolución judicial leída al final de la audiencia. 

También la Sala dejó sin efecto la medida cautelar que estaba dispuesta de manera provisional para suspender la proclamación de Luis Revilla como gobernador electo. 

Por unanimidad, la Sala Constitucional Segunda de La Paz negó este jueves la tutela solicitada por René Yahuasi para intentar salvar su candidatura a la Gobernación de La Paz, por lo que se confirma que no habrá una segunda vuelta electoral en esta región del país.

“La Sala Constitucional resuelve denegar la tutela solicitada por René Yahuasi al no haberse evidenciado la vulneración de sus derechos a la participación política, al sufragio pasivo, al debido proceso, en sus elementos de motivación, fundamentación, congruencia y valoración razonable de antecedentes”, cita parte de la resolución judicial leída al final de la audiencia. 

También la Sala dejó sin efecto la medida cautelar que estaba dispuesta de manera provisional para suspender la proclamación de Luis Revilla como gobernador electo.

 

También la Justicia señaló que “no se evidencia falta de motivación, fundamentación, congruencia o valoración razonable con la intensidad necesaria para comprometer el debido proceso o la tutela judicial efectiva”, por lo que “no corresponde conceder la tutela solicitada”. 

Esta determinación fue asumida en una audiencia virtual realizada por una acción de amparo constitucional presentada por Yahuasi en defensa de su candidatura. La audiencia fue instalada minutos antes de las 09:00 y concluyó casi a las 13:00.